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    <identificador>BOCM-20170807-50</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>MORATA DE TAJUÑA</departamento>
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    <fecha_publicacion>2017/08/07</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Morata de Tajuña. Régimen económico. Bases ayudas carácter social</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>186</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MORATA DE TAJUÑA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MORATA DE TAJUÑA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 50 
 Morata de Tajuña. Régimen económico. Bases ayudas carácter social 
  Advertidos errores en el anuncio publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 150, de 26 de junio de 2017, mediante el que se hace público el contenido de las bases reguladoras de la concesión de ayudas de carácter social para la colaboración en el pago de la obligación tributaria derivada del impuesto de bienes inmuebles de naturaleza urbana, año 2017:
  .	Donde dice: “Art. 3.  Sujetos destinatarios..… ejercicio fiscal de 2016, …”.
  .	Debe decir: “Art. 3.  Sujetos destinatarios..… ejercicio fiscal de 2017, …”.
  .	Donde dice: “Art. 11.  Órgano instructor y colegiado..El órgano instructor para la concesión de las ayudas serán los servicios sociales mancomunados y la agente de Desarrollo Local”.
  .	Debe decir: “Art. 11.  Órgano instructor y colegiado..El órgano instructor para la concesión de las ayudas será el concejal de Hacienda, contando con el apoyo técnico de los servicios económicos (Intervención, Recaudación y Tesorería)”.
  Lo que se hace público para general conocimiento.
  En Morata de Tajuña, a 2 de agosto de 2017..El alcalde, Ángel M. Sánchez Sacristán.
  (03/27.025/17)</texto>
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