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    <identificador>BOCM-20170807-162</identificador>
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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2</departamento>
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    <fecha_publicacion>2017/08/07</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 2. Procedimiento 142 de 2017, notificación a Lahmar Benalla</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>186</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2 
 
 162 
 Móstoles número 2. Procedimiento 142 de 2017, notificación a Lahmar Benalla 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 02 de Móstoles, HAGO SABER:
  
  Que en el procedimiento Cuenta de Abogado 142/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de JOSE MANUEL SALVADOR GONZALEZ frente a LAHMAR BENALLA, sobre Cuenta de abogado se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
  
  DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
  LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
  Dña. MARIA ISABEL CANO CAMPAÑA
  
  En Móstoles, a veinticuatro de abril de dos mil diecisiete
  
  Visto el contenido del anterior escrito sobre Reclamación de Honorarios, fórmese el oportuno procedimiento y regístrese en el Libro correspondiente. Conforme a lo dispuesto en el art. 35 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, requiérase a D. LAHMAR BENALLA para que en término de DIEZ DIAS ingrese en la cuenta de Consignaciones Judiciales de Banco Santander IBAN ES55-0049-3569-92-0005001274, indicando en el campo Concepto:2851000068014217,  la cantidad a que dicho escrito se refiere en concepto de honorarios profesionales 2.047,13 euros o bien impugne los mismos por indebidos o por excesivos. Advirtiéndose de que, si dentro del citado plazo no se ingresa la cantidad ni se impugnan los honorarios, se seguirá la vía de apremio contra sus bienes.
  
  MODO DE IMPUGNARLA: mediante recurso de reposición a presentar en este juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda siendo necesario la constitución de un depósito por importe de 25 euros en la cuenta de este juzgado abierta en la entidad Banco Santander con nº 2851-0000-68-0142-17 y exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, quedando exentos de constituir el mismo el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos, con apercibimiento de poner fin al recurso, quedando firme la resolución impugnada.
  
  Así lo acuerdo y firmo. Doy fe
  
  LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN. DE JUSTICIA
  
  Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D./Dña. LAHMAR BENALLA  , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
  
  Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  
  En Móstoles, a trece de julio de dos mil diecisiete.
  
  LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
  (03/24.844/17)</texto>
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