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    <titulo>– El Molar. Organización y funcionamiento. Delegación competencias</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de El Molar</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE EL MOLAR 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
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 El Molar. Organización y funcionamiento. Delegación competencias 
  Por decreto de Alcaldía 168/2017, de 15 de mayo, y en virtud de lo dispuesto en los artículos 13.1 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 43, 44, 45, 114 a 118, 120 y 121 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, la alcaldesa doña Yolanda Sanz Rojas, ha resuelto:
  1.o  Delegar en el primer teniente alcalde don David González Minguez el ejercicio de las siguientes atribuciones de la Alcaldía: competencias de Alcaldía en la celebración de espectáculos taurinos, así como cualquier asunto relativo a fomento, gestión y tramitación de actividades relacionadas con la tauromaquia. 
  2.o  La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a terceros. Las competencias de Alcaldía en materia de contratación. 
  3.o  El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía, a posteriori, y, en todo caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el período de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en el artículo 115 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
  4.o  Los actos dictados por él en ejercicio de las atribuciones que le han sido delegadas, indicarán expresamente esta circunstancia y se entenderán dictados por la Alcaldía de este Ayuntamiento. En consecuencia, corresponderá a esta Alcaldía la resolución de los recursos de reposición que puedan interponerse contra dichos actos.
  5.o  La delegación conferida en la presente resolución requerirá para su eficacia la aceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución. 
  En El Molar, a 17 de julio de 2017..La alcaldesa, Yolanda Sanz Rojas.
  (03/25.475/17)</texto>
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