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    <titulo>Madrid número 18. Procedimiento 1.474 de 2014, notificación a Sociedad Cooperativa de Viviendas para Funcionarios y Personal de la Seguridad Social</titulo>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 18 
 
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 Madrid número 18. Procedimiento 1.474 de 2014, notificación a Sociedad Cooperativa de Viviendas para Funcionarios y Personal de la Seguridad Social 
  EDICTO
  Doña Marta Real Sainz-Rozas, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 18.
  Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1.474 de 2014, instados por la procuradora doña Sonia de la Serna Blázquez, en nombre y representación de la comunidad de propietarios “Parque Norte”, contra “Funcovi, Sociedad Limitada”, y la Sociedad Cooperativa de Viviendas para Funcionarios y Personal de la Seguridad Social, en los que se ha dictado en fecha 19 de abril de 2017 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
  Que estimando íntegramente la demanda formulada por la representación de la comunidad de propietarios de “Residencial Parque Norte” de la calle Alcalde Conde de Mayalde, números 23 a 37, y calle Luis Jiménez de Asúa, número 14 A 18, de Madrid, contra la Sociedad Cooperativa de Viviendas para Funcionarios y Personal de la Seguridad Social y contra “Funcovi, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a las demandadas Sociedad Cooperativa de Viviendas para Funcionarios y Personal de la Seguridad Social y “Funcovi, Sociedad Limitada”, a que satisfagan solidariamente a la actora la cantidad de 776.003,05 euros, así como los intereses legales desde la reclamación judicial, y con imposición de las costas a la parte demandada.
  Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días ante este Juzgado para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros en la cuenta 2446-0000-04-1474-14 de este órgano.
  Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberán ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “Beneficiario” Juzgado de primera instancia número 18 de Madrid, y en el campo “Observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos 2446-0000-04-1474-14.
  Asimismo deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
  Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
  En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada Sociedad Cooperativa de Viviendas para Funcionarios y Personal de la Seguridad Social y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición de la interesada en la Secretaría de este tribunal.
  En Madrid, a 19 de abril de 2017..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (02/25.301/17)</texto>
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