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    <fecha_publicacion>2017/07/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Collado Mediano. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Collado Mediano</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE COLLADO MEDIANO 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
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 Collado Mediano. Régimen económico. Modificación presupuestaria 
  En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario fecha 18 de mayo de 2017 sobre el expediente de modificación de créditos número MC 3/2017 del presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario, financiado remanente líquido de Tesorería, que se hace público resumido por capítulos:
  
 
   Esta modificación se financia con cargo a remanente de Tesorería para gastos generales, en los siguientes términos:
  
 
   Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción. 
  Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
  En Collado Mediano, a 13 de julio de 2017..La alcaldesa, María José Rubio Sadia. 
  (03/24.843/17)</texto>
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