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    <identificador>BOCM-20170727-116</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24</departamento>
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    <fecha_publicacion>2017/07/27</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 24. Procedimiento 1.143 de 2016, notificación a Capissivi, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>177</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24 
 
 116 
 Madrid número 24. Procedimiento 1.143 de 2016, notificación a Capissivi, S. L. 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Dña. MARTA MENARGUEZ SALOMON LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 24 de Madrid, HAGO SABER:
  
  Que en el procedimiento 1143/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARIA ESTELA ROJO NIETO frente a FOGASA y CAPISSIVI SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
  
  PARTE DISPOSITIVA
  
  Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
  
  DECIDO: Admitir la solicitud de rectificación deducida por D.ª MARÍA ESTELA ROJO NIETO respecto de la sentencia dictada el día nueve de junio de dos mil diecisiete en el sentido que en lo sucesivo, su “fallo” ha de rezar:
  
  FALLO
  
  Que estimando la demanda deducida por D.ª MARÍA ESTELA ROJO NIETO contra CAPISSIVI, S. L. y contra el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, debo declarar y declaro la improcedencia del despido de la actora, y condenar como condeno a la susodicha mercantil a que dentro del término de los cinco días siguientes al de la notificación de esta sentencia opte:
  
  a) bien por la readmisión del trabajador en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido, con abono en este caso de los salarios de tramitación (a razón del salario bruto de 35 euros al día) devengados hasta la fecha de la notificación de la sentencia y cuyo importe calculado hasta el día de hoy asciende a la suma de ocho mil trescientos sesenta y cinco euros.
  
  b) Bien por que abone al actor la indemnización por importe de cuatrocientos ochenta y un euros con treinta y cinco céntimos.
  
  Notifíquese esta resolución a las partes del procedimiento.
  
  Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma el Ilmo. Sr. D. FERNANDO HERRADA ROMERO, Magistrado, Juez del Juzgado de lo Social número 24 de Madrid, de lo que yo, la Letrado de la Administración de Justicia, doy fe.
  
  Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a CAPISSIVI SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
  
  Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  
  En Madrid, a veintiseis de junio de dos mil diecisiete.
  
  LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
  (03/23.847/17)</texto>
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