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    <titulo>– Garganta de los Montes. Régimen económico. Ordenanza tasa cementerio</titulo>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE GARGANTA DE LOS MONTES 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
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 Garganta de los Montes. Régimen económico. Ordenanza tasa cementerio 
  El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 12 de julio de 2017, acordó la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios del cementerio municipal.
  Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
  Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento (https://www.gargantalosmontes.es).
  Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
  Garganta de los Montes, a 13 de julio de 2017..El alcalde-presidente, Rafael Pastor Martín.
  (03/24.516/17)</texto>
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