<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20170721-88</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>VILLANUEVA DE PERALES</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2017/07/21</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Villanueva de Perales. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>8</pagina_inicial>
    <pagina_final>8</pagina_final>
    <diario_numero>172</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2017-07-21-172190720170096</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2017/07/21/BOCM-20170721-88.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2017/07/21/BOCM-20170721-88.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2017/07/21/BOCM-20170721-88.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2017/07/21/BOCM-20170721-88.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Villanueva de Perales</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE PERALES 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 88 
 Villanueva de Perales. Régimen económico. Modificación presupuestaria 
  Esta Corporación Municipal, en sesión ordinaria del Pleno celebrada el día 6 de julio de 2017, adoptó, entre otros, acuerdo de aprobación inicial del expediente de modificación de créditos número 3/2017, de créditos extraordinarios.
  A efectos de lo dispuesto en los artículos 169.1, 177 y concordantes del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
  Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
  Villanueva de Perales, a 6 de julio de 2017..El alcalde-presidente, Francisco Delgado Gálvez.
  (03/23.996/17)</texto>
</documento>