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    <fecha_publicacion>2017/07/20</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Mejorada del Campo. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MEJORADA DEL CAMPO</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MEJORADA DEL CAMPO 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 62 
 Mejorada del Campo. Régimen económico. Modificación presupuestaria 
  En la Intervención de este Ayuntamiento, y conforme disponen los artículos 38 del Real Decreto 500/1990, así como el 112 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se encuentran expuestos al público, a efectos de reclamaciones, la modificación de créditos número 14/2017, aprobada inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento de Mejorada del Campo, en sesión celebrada el día 29 de junio de 2017.
  Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 169 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales citada, y por los motivos taxativamente enumerados en el número 2 del artículo 170, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:
  a)	Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles, a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  b)	Oficina de presentación: Registro General del Ayuntamiento de Mejorada del Campo.
  c)	Órgano ante el que se reclama: Pleno del Ayuntamiento de Mejorada del Campo.
  En Mejorada del Campo, a 4 de julio de 2017..El alcalde-presidente, Jorge Capa Carralero.
  (03/23.822/17)</texto>
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