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    <titulo>– Alcobendas. Régimen económico. Asignación subvenciones nominativas</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>171</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Alcobendas</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 41 
 Alcobendas. Régimen económico. Asignación subvenciones nominativas 
  En cumplimiento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por la que se establece que podrán concederse de forma directa las subvenciones previstas nominativamente en los presupuestos, en los términos recogidos en los convenios y en la normativa reguladora de las mismas, y existiendo créditos para este fin en el presupuesto del Ayuntamiento para 2017, con fecha 28 de junio, por decreto del concejal-delegado, número 7511, se aprobó lo siguiente:
  Asignar las subvenciones nominativas que a continuación se citan a los terceros que se señalan y en las cuantías que se reflejan, que deberán ser destinadas a las finalidades previstas en los correspondientes convenios suscritos por los terceros destinatarios y el Ayuntamiento, realizando transferencia de crédito desde la partida 264 17100 48900 a las siguientes:
  
 
   Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 179.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:
  a)	Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  b)	Oficina de presentación: Registro General.
  c)	Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento de Alcobendas.
  En Alcobendas, a 30 de junio de 2017..El alcalde, Ignacio García de Vinuesa Gardoqui.
  (02/23.436/17)</texto>
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