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    <titulo>Madrid número 48. Procedimiento 907 de 2016-R, notificación a Ricardo Serrano Carranza</titulo>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 48 
 
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 Madrid número 48. Procedimiento 907 de 2016-R, notificación a Ricardo Serrano Carranza 
  EDICTO
  Don Arsenio Castillo Gallego, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 48 de Madrid.
  Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 907 de 2016, instados por procurador don Ignacio Melchor Oruña, en nombre y representación de “Construcciones Agueza, Sociedad Limitada”, contra don Ricardo Serrano Carranza e “Inversiones Prodas, Sociedad Limitada”, en reclamación de cantidad, en los que se ha dictado en fecha 16 de junio de 2017 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
  Que, estimando la demanda formulada por procurador don Ignacio Melchor Oruña, en nombre y representación de “Construcciones Agueza, Sociedad Limitada”, contra don Ricardo Serrano Carranza e “Inversiones Prodas, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a estos a que abonen solidariamente a la actora la suma de 10.745,82 euros, más los intereses legales de dicha suma desde la interpelación judicial hasta su pago, y al abono de las costas.
  Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículo 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2542-0000-04-0907-16 de este Órgano.
  Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55-0049-3569-9200-0500-1274, indicando en el campo “beneficiario” Juzgado de primera instancia número 48 de Madrid, y en el campo “observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos 2542-0000-04-0907-16.
  Asimismo, deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de las Administraciones de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
  Así, por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Ricardo Serrano Carranza e “Inversiones Prodas, Sociedad Limitada”, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.
  En Madrid, a 16 de junio de 2017..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
  (02/22.285/17)</texto>
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