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    <titulo>– Mancomunidad del Este. Régimen económico. Plan Disposición de Fondos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>162</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MANCOMUNIDAD DEL ESTE</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  MANCOMUNIDAD DEL ESTE 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
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 Mancomunidad del Este. Régimen económico. Plan Disposición de Fondos 
  Mediante Resolución de la Presidencia de fecha 22 de junio de 2017, se aprobó el Plan de Disposición de Fondos de la Mancomunidad del Este, lo que se hace público a efectos de lo dispuesto en el artículo 131 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
  Alcalá de Henares, a 23 de junio de 2017..El presidente de la Mancomunidad, Javier Rodríguez Palacios.
  (03/22.350/17)</texto>
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