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    <identificador>BOCM-20170707-167</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24</departamento>
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    <fecha_publicacion>2017/07/07</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 24. Ejecución 48 de 2016, notificación a Falcon Contratas y Seguridad, S. A.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>160</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24 
 
 167 
 Madrid número 24. Ejecución 48 de 2016, notificación a Falcon Contratas y Seguridad, S. A. 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
   D./Dña. MARTA MENARGUEZ SALOMON  LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 24 de Madrid, HAGO SABER:
  Que en el procedimiento 48/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. FRANCISO GABRIEL MORAN LOPEZ frente a FALCON CONTRATAS Y SEGURIDAD SA y FOGASA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
  
  PARTE DISPOSITIVA
  
  A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 95.853,24 euros de los cuales corresponden 60.698,32 euros a indemnización y 35.154,92 euros a salarios de tramitación de principal;, se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL total del ejecutado FALCON CONTRATAS Y SEGURIDAD SA, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
  
  Hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL.
  
  Una vez firme la presente resolución, archivense las presentes actuaciones.
  
  Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA  a FALCON CONTRATAS Y SEGURIDAD SA , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
  Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  
  En Madrid, a veintidós de marzo de dos mil diecisiete.
  
     EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
  (03/22.134/17)</texto>
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