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    <fecha_publicacion>2017/07/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Serranillos del Valle. Organización y funcionamiento. Ordenanza terrazas y veladores</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>159</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Serranillos del Valle</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE SERRANILLOS DEL VALLE 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
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 Serranillos del Valle. Organización y funcionamiento. Ordenanza terrazas y veladores 
  Por el Pleno de este Ayuntamiento, en su sesión celebrada el día 29 de junio de 2017, se aprobó inicialmente la ordenanza municipal reguladora de terrazas y veladores y quioscos de hostelería.
  De conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, dicha ordenanza se somete por medio del presente a información pública durante el plazo de treinta días.
  Durante dicho plazo podrán presentarse las reclamaciones y sugerencias que se estimaren. Esta aprobación se entenderá como definitiva en el caso de que durante el plazo de información pública no se hubiera presentado ninguna reclamación o sugerencia.
  La modificación de la ordenanza puede ser examinada en el Ayuntamiento de Serranillos del Valle.
  En Serranillos del Valle, a 30 de junio de 2017..El alcalde, Iván Fernández Heras.
  (03/23.265/17)</texto>
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