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    <identificador>BOCM-20170706-155</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29</departamento>
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    <fecha_publicacion>2017/07/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 29. Ejecución 110 de 2017, notificicación a Blaztor Servicios Integrales, S. L., y otros</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>159</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29 
 
 155 
 Madrid número 29. Ejecución 110 de 2017, notificicación a Blaztor Servicios Integrales, S. L., y otros 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  D./Dña. ELENA MÓNICA DE CELADA PEREZ  LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 29 de Madrid, HAGO SABER:
  
  Que en el procedimiento 110/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. VIRGIL MARIUS BURCIN, D./Dña. RAFAEL LLAMAS MILLAN, D./Dña. CARLOS JULIAN CHUMBIMUNI CORDVA y D./Dña. ROBERTO WILFREDO VELIZ CHINCHILLA frente a RESATOR SERVICIOS AUXILIARES SL y BLAZTOR SERVICIOS INTEGRALES SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
  
  Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, D./Dña. ROBERTO WILFREDO VELIZ CHINCHILLA (2.992,28 euros), D./Dña. RAFAEL LLAMAS MILLAN (2.873,62 euros), D./Dña. VIRGIL MARIUS BURCIN (2.992,28 euros) y D./Dña. CARLOS JULIAN CHUMBIMUNI CORDVA (2.992,28 euros), frente a la demandada BLAZTOR SERVICIOS INTEGRALES SL y RESATOR SERVICIOS AUXILIARES SL, parte ejecutada, por un principal total de 11.850,46 EUROS, más 711,03 EUROS y 1.185,05 EUROS de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  
  MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado  dentro de los TRES días hábiles siguientes al  de su notificación,  en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador  beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER 2802-0000-64-0110-17.
  
  Así, por este su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez
  
  D./Dña. PILAR  VARAS  GARCIA 
  
  EL MAGISTRADO-JUEZ
  
  Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a BLAZTOR SERVICIOS INTEGRALES SL y RESATOR SERVICIOS AUXILIARES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
  
  Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  
  En Madrid, a trece de junio de dos mil diecisiete.
  
     EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
  (03/21.026/17)</texto>
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