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    <identificador>BOCM-20170704-180</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29</departamento>
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    <fecha_publicacion>2017/07/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 29. Ejecución 268 de 2011, notificación a Jupercava, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>157</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29 
 
 180 
 Madrid número 29. Ejecución 268 de 2011, notificación a Jupercava, S. L. 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  D./Dña. ELENA MÓNICA DE CELADA PEREZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 29 de Madrid, HAGO SABER:
  
  Que en el procedimiento 268/2011 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. AMPARO CASTRO GONZALEZ frente a JUPERCAVA SL sobre Ejecución Forzosa del Laudo Arbitral se ha dictado la siguiente resolución:
  
  Visto el estado de las actuaciones y no constando la retirada del importe de 2.693,05 euros, en concepto de sobrante, puesto a disposición de la empresa ejecutada JUPERCAVA SL, se acuerda reiterar su puesta a disposición bajo apercibimiento de que, de conformidad con lo establecido en el art. 14 del RD 467/2006 de 21 de abril, por el que se regulan los Depósitos y Consignaciones judiciales en metálico, de efectos o valores, se procederá a transferir la cantidad a la Cuenta de Fondos Provisionalmente Abandonados, si una vez transcurrido un año desde la fecha de requerimiento no ha sido entregado y cobrado el referido importe.
  
  MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso ( art 186.1 L.J.S).
  Así lo acuerdo y firmo. Doy fe
  
  EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
  
  Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a JUPERCAVA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
  
  Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  
  En Madrid, a trece de junio de dos mil diecisiete.
  
     EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
  (03/20.619/17)</texto>
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