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    <titulo>– Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Economía y Hacienda. Extracto convocatoria subvenciones</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Madrid</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MADRID 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 Área de Gobierno de Economía y Hacienda
 
 22 
 Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Economía y Hacienda. Extracto convocatoria subvenciones 
  Extracto de convocatoria para la concesión de ayudas económicas dirigidas a la capitalización de entidades de economía social, modificado por Decreto de 6 de junio de 2017.
  BDNS (identif.): 321084
  De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
  Primero.  Beneficiarios..Personas físicas y entidades socios de cooperativas y sociedades laborales.
  Segundo.  Objeto..El objeto de esta convocatoria consiste en subvencionar: las aportaciones o ampliaciones del capital social de las cooperativas y sociedades laborales madrileñas.
  Tercero.  Bases reguladoras..Ordenanza de bases reguladoras generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos de 30 de octubre de 2013, publicada en www.madrid.es
  Cuarto.  Cuantía..La subvención de intereses consistirá en la reducción de hasta 3,5 puntos del tipo de interés fijado por la entidad que ha concedido el prestamo a la persona o entidad solicitante, en cuantía calculada como si la subvención se devengara cada año de su duración.
  Quinto.  Plazo de presentación de solicitudes: Año 2016: quince días naturales desde el día siguiente a la publicación del decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Año 2017: desde el 1 al 30 de septiembre. Año 2018: desde el 1 al 30 de junio.
  Sexto.  Otros datos..Junto con la solicitud se presentará toda la documentación exigida en la convocatoria para la concesión de la ayuda y para la justificación del pago. 
  Madrid, a 6 de junio de 2017..El delegado del Área de Gobierno de Economía y Hacienda del Ayuntamiento de Madrid, Carlos Sánchez Mato.
  (03/21.484/17)</texto>
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