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    <identificador>BOCM-20170619-155</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24</departamento>
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    <fecha_publicacion>2017/06/19</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 24. Ejecución 254 de 2016, notificación a Fit and Free, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>144</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24 
 
 155 
 Madrid número 24. Ejecución 254 de 2016, notificación a Fit and Free, S. L. 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Dña. LUCÍA BELTRÁN FERNÁNDEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 24 de Madrid, HAGO SABER:
  Que en el procedimiento 254/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. FRANCISCO JAVIER JIMENEZ LUNA frente a FOGASA y FIT AND FREE SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
  
  “PARTE DISPOSITIVA
  
  A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 8.004,3 euros de principal; se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL total del ejecutado FIT AND FREE SL, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
  
  
  Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil, la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la LJS). Asimismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL”.
  
  Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a FIT AND FREE SL , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
  
  Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  
  En Madrid, a diecisiete de mayo de dos mil diecisiete.
  
   EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
  (03/18.486/17)</texto>
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