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    <fecha_publicacion>2017/06/14</fecha_publicacion>
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    <titulo>Majadahonda número 1. Procedimiento 755 de 2013, notificación a Bernardo de Pablo Alba</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE MAJADAHONDA NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE MAJADAHONDA NÚMERO 1 
 
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 Majadahonda número 1. Procedimiento 755 de 2013, notificación a Bernardo de Pablo Alba 
  EDICTO
  Doña Concepción Alvariño Vega, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Majadahonda.
  Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 755 de 2013, instados por procurador don Marcelino Bartolomé Garretas en nombre y representación de don Juan Francisco Luque Barona, contra don Bernardo de Pablo Alba, en los que se ha dictado en fecha 2 de junio de 2016, sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
  Fallo
  Que se estima totalmente la demanda presentada a instancias de don Juan Francisco Luque Barona, contra don Bernardo de Pablo Alba, en rebeldía, y debo condenar y condeno al demandado a que abone a la parte actora la cantidad de 33.090,88 euros, más el interés legal de la referida cantidad desde su reclamación judicial de 22 de abril de 2013.
  Todo ello con condena al demandado en las costas resultantes.
  Notifíquese a las partes, con indicación de que podrán interponer recurso de apelación dentro de los veinte días siguientes, en este Juzgado, que se sustanciará conforme lo previsto en la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000.
  Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
  En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Bernardo de Pablo Alba y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.
  En Majadahonda, a 28 de abril de 2017..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (02/18.303/17)</texto>
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