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    <titulo>Madrid número 5. Procedimiento 526 de 2016, notificación a Blaztor Servicios Integrales, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5 
 
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 Madrid número 5. Procedimiento 526 de 2016, notificación a Blaztor Servicios Integrales, S. L. 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  D./Dña. MARIA JOSÉ VILLAGRAN MORIANA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 05 de Madrid, HAGO SABER:
  Que en el procedimiento 526/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. FERNANDO LOPEZ GARCIA frente a FOGASA, BLAZTOR SERVICIOS INTEGRALES SL y D./Dña. NURIA LOPEZ HERNANDEZ sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución que en el encabezamiento y fallo dice:
  
   En Madrid a doce de mayo dos mil diecisiete
  
  VISTOS por la Ilustrísima Sra. DOÑA ANGELA MOSTAJO VEIGA, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social nº 5 de los de Madrid los presentes autos sobre CANTIDAD siendo partes en los mismos, de una como demandante D. FERNANDO LÓPEZ GARCÍA asistido por el Letrado D. José Vaquero Yuriño y de otra, como demandada BLAZTOR SERVICIOS INTEGRALES SL que no comparece, y con citación de la Administración Concursal Dª NURIA LÓPEZ FERNÁNDEZ y el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL que no comparecen.
  
  FALLO
  
  Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por D. FERNANDO LÓPEZ GARCÍA contra BLAZTOR SERVICIOS INTEGRALES SL, y con citación de la Administración Concursal Dª NURIA LÓPEZ FERNÁNDEZ y el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL debo condenar a la empresa demandada a que abone al actor la suma de 3.619,27 € más un interés del 10 % anual en concepto de mora.
  
  Notifíquese la presente resolución a las partes con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular RECURSO DE SUPLICACIÓN al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá ser anunciado en este Juzgado dentro de los CINCO DÍAS siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de parte o de su abogado o representante al hacerle la notificación de aquella, de su propósito de entablarlo o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado, o su representante dentro del plazo indicado.
  
  Si el recurrente no goza del beneficio de Justicia Gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena así como el depósito de 150,25 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que tiene abierta este Juzgado con el número 2503 en el BANCO ESPAÑOL DE CRÉDITO (BANESTO) en la C/ ORENSE, 19 de Madrid, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento.
  
  Así por esta mi Sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  
  Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a BLAZTOR SERVICIOS INTEGRALES SL , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
  
  Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  
  En Madrid , a diecinueve de mayo de dos mil diecisiete .
  
  EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
  (03/17.403/17)</texto>
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