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    <fecha_publicacion>2017/06/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 17. Procedimiento 22 de 2017, notificación a José María Hidalgo García</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 17</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 17 
 
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 Madrid número 17. Procedimiento 22 de 2017, notificación a José María Hidalgo García 
  EDICTO
  D./DÑA. MARIA ANGELES MANZANO PAULE LETRADO/A DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 17 DE MADRID.
  
  DOY FE Y TESTIMONIO:
  
   Que en el juicio sobre delitos leves n.o 22/2017 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:
  
  SENTENCIA N° 81/2017
  
  JUEZ/MAGISTRADO- JUEZ: D./Dña. MARIA LUZ GARCÍA MONTEYS
  Lugar: Madrid
  Fecha: siete de marzo de dos mil diecisiete
  
  Vistos por mí, D./DÑA. MARIA LUZ GARCÍA MONTEYS, MAGISTRADO-JUEZ de este Juzgado de Instrucción n° 17 de Madrid, los presentes autos de Juicio, sobre Delito Leve n° 22/2017 por HURTO, en virtud de denuncia interpuesta por D. ALFONSO CASADO PORTILLA contra D./Dña. JOSE MARIA HIDALGO GARCIA, en los que ha sido parte el Ministerio Fiscal, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey, dicto la siguiente Sentencia.
  
  FALLO
  
  Debo condenar y condeno a D. JOSÉ MARÍA HIDALGO GARCÍA como autor, de un DELITO LEVE DE HURTO DEL ARTÍCULO 234.2 DEL CP, a la pena de multa de sesenta días con cuota de cinco euros.
  JOSÉ MARÍA HIDALGO GARCÍA deberá abonar las costas procesales.
  JOSÉ MARÍA HIDALGO GARCÍA deberá abonar a EL CORTE INGLÉS. S.A. la suma de 169,69 euros con los intereses legales correspondientes.
  La falta de pago de la pena de multa, una vez agotada la vía de apremio, dará lugar a la responsabilidad personal subsidiaria legalmente prevista consistente en un día de privación de libertad por cada dos cuotas insatisfechas, que podrá cumplirse mediante localización permanente o, previa conformidad del penado, mediante trabajos en beneficio de la comunidad, a razón de un día de trabajos por cada dos cuotas de multa impagadas.
  Notifiquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que no es firme y contra ella podrán interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días en este mismo Juzgado para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid.
  Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
  
  Y para que conste y sirva de notificación de tencia D./Dña. JOSE MARIA HIDALGO GARCIA, actualmente en paradero desconocdo y su publicación en el Boletín Oficial de Madrid, expido la presente.
  
  En Madrid, a 10 de mayo de 2017.
  EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
  (03/18.317/17)</texto>
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