<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20170609-62</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 80</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2017/06/09</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 80. Procedimiento 1.106 de 2015, notificación a Vitaly Melaninski</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>6</pagina_inicial>
    <pagina_final>6</pagina_final>
    <diario_numero>136</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2017-06-09-136020620170103</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2017/06/09/BOCM-20170609-62.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2017/06/09/BOCM-20170609-62.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2017/06/09/BOCM-20170609-62.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2017/06/09/BOCM-20170609-62.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 80</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 80 
 
 62 
 Madrid número 80. Procedimiento 1.106 de 2015, notificación a Vitaly Melaninski 
  EDICTO
  En este Juzgado se siguen autos de procedimiento número 1.106 de 2015, de Familia, Guarda, Custodia o Alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados entre D./Dña. RUSLANA ANDREICO y D./Dña. VITALY MELANINSKI en reclamación de , en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
  
  SENTENCIA N° 185/2017
  
  JUEZ/MAGISTRADO- JUEZ: DOÑA MARIA DOLORES PLANES MORENO
  Lugar: Madrid
  Fecha: dieciséis de mayo de dos mil diecisiete
  Vistos por la Ilma. Sra. Doña MARIA DOLORES PLANES MORENO, MAGISTRADO-JUEZ del Juzgado de Primera Instancia n° 80 de los de Madrid, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al número 80 sobre juicio verbal 1106/2015 de relaciones paterno-filiales, promovido por D.a RUSLANA ANDREICO, representada por la Procuradora DOÑA GLORIA CECILIA GARZON CADENA asistida del letrado DOÑA MARTA RICO DONOVAN contra, D. VITALY MELANINSKI, declarado en situación de REBELDÍA procesal, en base a los siguientes:
  
  FALLO
  
  Que, estimando, la demanda formulada por la Procuradora Sra. Garzón Cadena, en nombre y representación de D.a Ruslana Andreiko, contra D. Vitaly Melaninski, debo declarar y declaro haber lugar a regular las relaciones de ambas partes con su hija menor de edad, Sofía Melaninski, mediante la adopción de las medidas que constan en el Fundamento Jurídico Tercero de la presente resolución, que en aras de la brevedad se tiene aquí por reproducido.
  
  Sin hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes.
  Contra la presente resolución cabe interponer recurso de APELACIÓN en el plazo de VEINTE DIAS, ante este Juzgado, para su resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la L.E. Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2758-0000-39-1106-15 de este Órgano.
  Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo beneficiario Juzgado de 1ª Instancia n° 80 de Madrid, y en el campo observaciones o concepto se consignarán los siguientes dígitos 2758-0000-39-1106-15.
  Así por esta mi Sentencia, definitivamente juzgado en Primera Instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
  
  El/la Juez/Magistrado/a Juez
  
  Y para que sirva de notificación a D./Dña. VITALY MELANINSKI expido y firmo la presente en Madrid, a dieciséis de mayo de dos mil diecisiete.
  
  EL LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
  (03/17.673/17)</texto>
</documento>