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    <fecha_publicacion>2017/06/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>Majadahonda número 1. Procedimiento 457 de 2014, notificación a Germán Urueña Franco</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE MAJADAHONDA NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE MAJADAHONDA NÚMERO 1 
 
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 Majadahonda número 1. Procedimiento 457 de 2014, notificación a Germán Urueña Franco 
  EDICTO
  Doña Carmen Oria Fernández, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 1 de Majadahonda.
  Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 487 de 2014 instados por procurador don Esteban Muñoz Nieto, en nombre y representación de “Santander Consumer Establecimiento Financiero de Crédito, Sociedad Anónima”, contra don Germán Urueña Franco y doña Sonia Esmeralda Peláez Narváez, en reclamación de 14.346,52 euros, en los que se ha dictado, en fecha 6 de marzo de 2017, sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Estimo íntegramente la demanda interpuesta por “Santander Consumer”, representada por el procurador don Esteban Muñoz Nieto, contra doña Sonia Esmeralda Peláez Narváez y don Germán Urueña Franco, condenando a estos últimos al pago a la actora de la cantidad de 14.346,52 euros, más los intereses y al pago de las costas procesales derivadas de este procedimiento.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber, conforme a lo dispuesto en el artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que la misma no es firme, y que contra ella cabe recurso de apelación que, en su caso, deberá interponerse ante este Juzgado para ante la Audiencia Provincial de Madrid dentro de los veinte días siguientes al que se notifique esta resolución (artículos 455 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
  En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Germán Urueña Franco y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.
  En Majadahonda, a 9 de marzo de 2017..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (02/16.512/17)</texto>
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