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    <titulo>Madrid número 88. Procedimiento 970 de 2013, notificación a Eloy Muros Roncero</titulo>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 88</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 88 
 
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 Madrid número 88. Procedimiento 970 de 2013, notificación a Eloy Muros Roncero 
  EDICTO
  Don Pedro Ángel Guirao Llorente, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 88.
  Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 970 de 2013, instados por el procurador don Fernando Gala Escribano, en nombre y representación de “Solred, Sociedad Anónima”, contra don Eloy Muros Roncero, en reclamación de 57.757,20 euros, en los que se ha dictado en fecha 8 de febrero de 2017 sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Fallo
  Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el procurador don Fernando Gala Escribano, en representación de “Solred, Sociedad Anónima”, contra don Eloy Muros Roncero, en situación de rebeldía procesal, debo condenar y condeno a la demandada a abonar la cantidad de 57.757,20 euros, más los intereses expresados y las costas causadas en este procedimiento.
  Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días ante este Juzgado, para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros en la cuenta 4140-0000-00-0970-13 de este órgano.
  Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo beneficiario Juzgado de primera instancia número 88 de Madrid y en el campo observaciones o concepto se consignarán los siguientes dígitos 4140-0000-00-0970-13.
  Dispongo que se lleve esta sentencia al libro de sentencias de este Juzgado, dejando certificación del mismo en las actuaciones y que se tome oportuna nota en los libros-registro.
  Así lo acuerda y firma doña Esther Lobo Domínguez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 88 de Madrid.
  Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo..La magistrada-juez.
  En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Eloy Muros Roncero, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.
  En Madrid, a 8 de febrero de 2017..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
  (02/17.168/17)</texto>
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