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    <titulo>Madrid número 69. Procedimiento 824 de 2015, notificación a Biocommotion Sociedad de Investigación, S. A.</titulo>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 69 
 
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 Madrid número 69. Procedimiento 824 de 2015, notificación a Biocommotion Sociedad de Investigación, S. A. 
  EDICTO
  Dña. VIRGINIA MARTA GONZALEZ GRANADO, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de 1ª Instancia num. 69 de Madrid.
  
  Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento Procedimiento Ordinario num. 824/2015 instados por AGENCIA ESTATAL CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS contra BIOCOMMOTION SOCIEDAD DE INVESTIGACION, SA en reclamación de 236.000 euros, en los que se ha dictado en fecha 29/06/2016 sentencia cuyo fallo es el siguiente:
  
  Fallo
  
  Estimando la demanda formulada por AGENCIA ESTATAL CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, representada y asistida por el Abogado del Estado, contra BIOCOMMOTION SOCIEDAD DE INVESTIGACIÓN,S.A., declarada en rebeldía procesal, debo condenar y condeno a la demandada a que abone al actor la cantidad de DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL EUROS (236.000) de principal, cantidad que devengará el interés legal establecido en la Ley 3/2004 en la forma establecida en el Fundamento de Derecho Tercer de esta resolución y hasta la fecha de la sentencia y desde ese momento, el legal del dinero incrementado en dos puntos hasta su completo pago; con expresa imposición de las costas causadas a la parte demandada.
  
  Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme, y que contra ella cabe interponer recurso de apelación dentro de los VEINTE DÍAS siguientes a su notificación, para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid, haciéndose saber a las mismas que para la interposición del referido recurso deberán constituir depósito por importe de CINCUENTA (50) EUROS, en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, bajo apercibimiento de inadmisión a trámite si el depósito no se hubiera constituido , lo cual deberá acreditarse al tiempo de interposición del recurso.
  
  En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada BIOCOMMOTION SOCIEDAD DE INVESTIGACIÓN, S.A., declarada en rebeldía y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  
  El texto de la resolución que se notifica está a disposición de la interesada en la Secretaría de este tribunal.
  
  En Madrid, a 26 de abril de  2017.- La letrada de la Administración de Justicia.
  (03/17.081/17)</texto>
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