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    <titulo>Madrid. Secretaría de Gobierno. Nombramiento juez de paz sustituto de Venturada</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Tribunal Superior de Justicia de Madrid</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID 
 
 70 
 Madrid. Secretaría de Gobierno. Nombramiento juez de paz sustituto de Venturada 
  SECRETARÍA DE GOBIERNO
  DON JOSÉ PALAZUELOS MORLANÉS, SECRETARIO DE GOBIERNO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID.
  
  CERTIFICO: Que por la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior en sesión celebrada en el día de hoy, se adoptó el siguiente acuerdo:
  
  3. SEXTO.- VENTURADA. NOMBRAMIENTO DE JUEZ DE PAZ SUSTITUTO.
  Se da cuenta de la certificación remitida por el Ayuntamiento de Venturada en la que se propone el nombramiento de D.a Natalia González Hernanz para el cargo de juez de paz sustituta; aprobado por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el 11 de marzo del 2017 propuesta que fue aprobada por unanimidad del número legal de miembros de la Corporación.
  Atendiendo a los criterios establecidos en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en el Reglamento de los Jueces de Paz relativos al régimen de prohibiciones e incompatibilidades y observando que concurren en el electo las condiciones de idoneidad y elegibilidad.
  
  LA SALA DE GOBIERNO POR UNANIMIDAD ACUERDA: Asumir la propuesta, realizada en comunicación del resultado del pleno de 11 de marzo de 2017 del Ayuntamiento de Venturada y nombrar juez de paz sustituta a D.a Natalia González Hernanz.
  Con certificación particípese este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, al Juzgado Decano de Primera Instancia e Instrucción de Torrelaguna, Partido Judicial al que pertenece, al Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Venturada, al Juzgado de Paz de la misma localidad y al Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, para su publicación.
  Contra el presente acuerdo puede interponerse recurso de alzada ante el Consejo General del Poder Judicial en los plazos, formas y por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  
  Y para que conste y en cumplimiento de lo acordado, expido y firmo la presente en Madrid, a 03/04/2017.
  (03/17.259/17)</texto>
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