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    <identificador>BOCM-20170606-143</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24</departamento>
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    <fecha_publicacion>2017/06/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 24. Ejecución 111 de 2017, notificación a Media Proa, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>133</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24 
 
 143 
 Madrid número 24. Ejecución 111 de 2017, notificación a Media Proa, S. L. 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  D./Dña. MARTA MENARGUEZ SALOMON LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 24 de Madrid, HAGO SABER:
  Que en el procedimiento 111/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. EVA GONZALEZ DEL BLANCO frente a MEDIA PROA SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
  
  AUTO
  PARTE DISPOSITIVA
  
  Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, D./Dña. EVA GONZALEZ DEL BLANCO, frente a la demandada MEDIA PROA SL, parte ejecutada, por un principal de tres mil setecientos cuarenta y cuatro euros con noventa céntimos, más ciento cuarenta y nueve euros con setenta y nueve céntimos y trescientos setenta y cuatro euros con cuarenta y nueve céntimos de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  
  Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a MEDIA PROA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
  
  Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  
  En Madrid, a doce de mayo de dos mil diecisiete.
  
  EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
  (03/16.521/17)</texto>
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