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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8</departamento>
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    <fecha_publicacion>2017/06/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 8. Ejecución 100 de 2017, notificación a Inmobiliaria Cadonsa, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>133</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8 
 
 105 
 Madrid número 8. Ejecución 100 de 2017, notificación a Inmobiliaria Cadonsa, S. L. 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  D./Dña. RAQUEL PAZ GARCIA DE MATEOS LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 08 de Madrid, HAGO SABER:
  
  Que en el procedimiento 100/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JULIAN DEL HOYO LLANOS frente a INMOBILIARIA CADONSA SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
  
  AUTO
  
  En Madrid, a dieciocho de abril de dos mil diecisiete.
  
  PARTE DISPOSITIVA
  
  Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, D./Dña. JULIAN DEL HOYO LLANOS, frente a la demandada INMOBILIARIA CADONSA SL, parte ejecutada, por un principal de 2.240,41 euros, más 224,04 euros y 224,04 de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  Notifíquese la presente resolución a las partes
  
  MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado  dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER 2506-0000-64-0100-17.
  
  Así, por este su Auto, lo acuerda, manda y firma, La Ilma. Sra. MagistradaD./Dña. GLORIA RODRIGUEZ BARROSO.
  
  DECRETO
  
  En Madrid, a dieciocho de abril de dos mil diecisiete.
  
  PARTE DISPOSITIVA
  
  En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:
  
  Se acuerda el embargo de los saldos de INMOBILIARIA CADONSA SL a favor del ejecutado, en las entidades que tienen convenio suscrito con el CGPJ en cuanto sea suficiente para cubrir la suma de las cantidades reclamadas. Se acuerda el embargo de las DEVOLUCIONES TRIBUTARIAS que la AEAT tenga pendientes de devolver a la parte ejecutada. A tal efecto, realícese la petición de cargo por requerimiento judicial a través de la Cuenta de Consignaciones Judiciales.
  
  MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 Euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANCO DE SANTANDER IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2506-0000-64-0100-17.
  
  Así lo acuerdo y firmo. Doy fe. El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIAD./Dña. RAQUEL PAZ GARCIA DE MATEOS.
  
  Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA  a INMOBILIARIA CADONSA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
  
  Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  
  En Madrid, a dieciocho de abril de dos mil diecisiete.
     EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
  (03/16.596/17)</texto>
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