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    <identificador>BOCM-20170605-30</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Educación, Juventud y Deporte</departamento>
    <rango>EXTRACTO</rango>
    <fecha_publicacion>2017/06/05</fecha_publicacion>
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    <titulo>Extracto convocatoria subvenciones
– Extracto de la Orden 1963/2017, de 30 de mayo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se aprueba la convocatoria de becas de Formación Profesional de Grado Superior correspondiente al curso 2017-2018</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>132</diario_numero>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>C) Otras Disposiciones</apartado>
    <organismo>CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE</organismo>
    <tipo_disposicion>EXTRACTO</tipo_disposicion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  C) Otras Disposiciones 
  CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE 
 
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 EXTRACTO de la Orden 1963/2017, de 30 de mayo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se aprueba la convocatoria de becas de Formación Profesional de Grado Superior correspondiente al curso 2017-2018. 
  BDNS (Identif.): 348979
  De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (htttp://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en la página web institucional de la Comunidad de Madrid www.madrid.org
  Primero
  Beneficiarios
  Serán destinatarios de las ayudas los alumnos que realicen algún curso de un ciclo formativo de Formación Profesional de Grado Superior, en la modalidad presencial, en centros privados autorizados por la Consejería competente en materia de Educación, situados en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, siempre que para dicho curso y ciclo no se haya suscrito concierto o convenio con la Consejería competente en materia de Educación, o en centros de titularidad de otra Consejería, Ministerio (o departamento equivalente de la Administración Local) que no sea el competente en materia de Educación, o de cualquiera de sus órganos, entes públicos, entidades u organismos dependientes, en tanto no suscriban concierto o convenio con la Consejería competente en materia de Educación
  Segundo
  Objeto
  Becas para el estudio de Formación Profesional de Grado Superior para el curso 2017-2018.
  Tercero
  Bases reguladoras
  Las bases reguladoras se recogen en la Orden 792/2017, de 15 de marzo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 31 de marzo).
  Cuarto
  Criterios de baremación
  Las becas se concederán en función de la renta per cápita familiar hasta agotar la totalidad del crédito destinado a la convocatoria.
  Quinto
  Cuantía
  El importe total destinado a esta convocatoria es de 22.000.000 de euros.
  La cuantía individual de la beca anual se establecerá en función de la renta per cápita familiar de la siguiente manera:
  
 
   En el caso de alumnos beneficiarios o familias beneficiarias de la Renta Mínima de Inserción, la cuantía de la beca será de 3.200 euros anuales para los alumnos que realicen el primer curso y de 2.500 euros anuales para los alumnos que realicen el segundo curso. Estas mismas condiciones se aplicarán también en casos excepcionales en familias con especial situación socioeconómica o cuando se haya acreditado la condición de refugiado.
  Sexto
  Plazo de presentación de solicitudes
  El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el 7 de julio de 2017.
  Madrid, a 30 de mayo de 2017.
  		El Consejero de Educación, Juventud y Deporte, 		RAFAEL VAN GRIEKEN SALVADOR
  (03/19.083/17)</texto>
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