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    <identificador>BOCM-20170525-149</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24</departamento>
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    <fecha_publicacion>2017/05/25</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 24. Procedimiento 248 de 2015, notificación a Limpiezas Eresma, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>123</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24 
 
 149 
 Madrid número 24. Procedimiento 248 de 2015, notificación a Limpiezas Eresma, S. L. 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  D./Dña. MARTA MENARGUEZ SALOMON LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 24 de Madrid, HAGO SABER:
  Que en el procedimiento 248/2015 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. PILAR RODRIGUEZ LOPEZ frente a LIMPIEZAS ERESMA SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  
  FALLO
  
  Que estimando la demanda deducida por D.ª PILAR RODRÍGUEZ LÓPEZ contra LIMPIEZAS ERESMA, S. L. y contra el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, debo condenar y condeno a la citada compañía a que pague a la parte actora la suma de cuatrocientos cuarenta y un euros con cincuenta y un céntimos, más la que ésta devengue a razón del diez por ciento anual desde el día dos de febrero de dos mil quince.
  
  Notifíquese esta sentencia a las partes con instrucción de que es firme.
  
  Incorpórese esta Sentencia al correspondiente libro y expídase certificación literal de la misma para constancia en las actuaciones.
  
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
  
  Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a LIMPIEZAS ERESMA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
  
  Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  
  En Madrid, a veintisiete de abril de dos mil diecisiete.
  
   EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
  (03/15.277/17)</texto>
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