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    <identificador>BOCM-20170525-129</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13</departamento>
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    <fecha_publicacion>2017/05/25</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 13. Ejecución 38 de 2017, notificación a Jardinería Piscinas Mantenimiento Tres Cantos 2003, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>123</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13 
 
 129 
 Madrid número 13. Ejecución 38 de 2017, notificación a Jardinería Piscinas Mantenimiento Tres Cantos 2003, S. L. 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  D./Dña. MARIA ISABEL TIRADO GUTIERREZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 13 de Madrid, HAGO SABER:
  
  Que en el procedimiento 38/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. OLEG PARYSHEVSKYY frente a JARDINERIA PISCINAS MANTENIMIENTO TRES CANTOS 2003 SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado AUTO de fecha 24/4/17, cuya parte dispositiva dice así:
  
   “ACUERDO: declarar EXTINGUIDA LA RELACION LABORAL que unía a D. OLEG PARYSHEVSKYY con la mercantil JARDINERIA PISCINAS MANTENIMIENTO TRES CANTOS 2003 S.L. a fecha de la presente resolución, es decir, 24/4/17, y condenar a dicha empresa al pago de la indemnización al trabajador en la cuantía de 8.474,51 euros y a los salarios de tramitación de 20.418,45 euros.”
  
  Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a JARDINERIA PISCINAS MANTENIMIENTO TRES CANTOS 2003 SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
  
  Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  
  En Madrid, a tres de mayo de dos mil diecisiete.
  
  EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
  (03/15.126/17)</texto>
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