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    <titulo>– Colmenar Viejo. Urbanismo. Modificación PGOU</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Colmenar Viejo</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO 
 URBANISMO
 
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 Colmenar Viejo. Urbanismo. Modificación PGOU 
  La Comisión Informativa de Urbanismo y Medio Ambiente del Ayuntamiento de Colmenar Viejo, en sesión celebrada el 18 de abril de 2017, ha dictaminado:
  Someter a nuevo trámite de información pública por plazo de un mes el expediente de “Modificación Puntual número 3, del título 4, del volumen II, de la parte II, relativo a los usos pormenorizados de las Áreas de Ordenación del Suelo y de la Edificación del Vigente PGOU”, en los términos que indica el propio documento definitivo de modificación, que incluye las correcciones realizadas de conformidad con los diferentes requerimientos realizados por la Comunidad de Madrid en su tramitación, desde su aprobación provisional por el Pleno municipal con fecha 30 de mayo de 2013, mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en periódico de amplia difusión, y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, quedando el expediente a disposición de cualquier persona física o jurídica interesada o afectada que desee examinarlo durante el plazo señalado en el Servicio de Urbanismo para formular las alegaciones que se estimen oportunas.
  Lo que se pública a fin de que cuantas personas se consideren interesadas puedan examinar la documentación obrante en el expediente de su razón durante el plazo indicado, en el Servicio de Urbanismo del Ayuntamiento, plaza del Pueblo, número 1, segunda planta, en las mañanas de los días hábiles a partir del siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como formular por escrito, que habrá de presentarse en el Registro General del mismo o de cualquier otra forma admitida por el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, cuantas alegaciones estimen pertinentes en defensa de sus derechos e intereses.
  Colmenar Viejo, a 3 de mayo de 2017..El alcalde-presidente, Jorge García Díaz.
  (03/15.634/17)</texto>
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