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    <departamento>Consejería de Economía, Empleo y Hacienda</departamento>
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    <titulo>Convenio colectivo
– Resolución de 5 de abril de 2017, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, sobre registro, depósito y publicación de la actualización de las tablas de 2016 y revisión salarial para el año 2017 del Convenio Colectivo del Sector de Oficinas de Importación y Exportación, suscrita por el Comité Paritario de Vigilancia e Interpretación de dicho Convenio (código número 28002995011984)</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>113</diario_numero>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  D) Anuncios 
  CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y HACIENDA 
 
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 RESOLUCIÓN de 5 de abril de 2017, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, sobre registro, depósito y publicación de la actualización de las tablas de 2016 y revisión salarial para el año 2017 del Convenio Colectivo del Sector de Oficinas de Importación y Exportación, suscrita por el Comité Paritario de Vigilancia e Interpretación de dicho Convenio (código número 28002995011984). 
  Examinada el acta de actualización de tablas de 2016 y revisión salarial para el año 2017 del Convenio Colectivo del Sector de Oficinas de Importación y Exportación, suscrita por el Comité Paritario de Vigilancia e Interpretación de dicho Convenio, el día 7 de febrero de 2017, completada la documentación exigida en los artículos 6 y 7 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.a) de dicho Real Decreto; en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el artículo 14 del Decreto 193/2015, de 4 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda y por el que se regulan sus competencias, esta Dirección General,
  RESUELVE
  1.  Inscribir dicha actualización y revisión salarial del Convenio Colectivo en el Registro Especial de Convenios Colectivos de esta Dirección y proceder al correspondiente depósito en este Organismo.
  2.  Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Madrid, a 5 de abril de 2017..El Director General de Trabajo, Ángel Jurado Segovia.
  Acta
  En Madrid, a 7 de febrero de 2017, se reúnen en los locales de Unipyme las personas que anteriormente se relacionan, que constituyen el Comité Paritario de Vigilancia e Interpretación del Convenio Colectivo del Sector de Oficinas de Importación y Exportación de la Comunidad de Madrid.
  El artículo 15.o del Convenio Colectivo del Sector de Oficinas de Importación y Exportación de la Comunidad de Madrid, para los años 2016 al 2017, atribuye al Comité Paritario de Vigilancia e Interpretación la subida salarial para los años 2016 y 2017, así como la elaboración de las tablas salariales correspondientes.
  Por la parte patronal:
  .	Don Ángel Rizaldos González (Asociación de Empresarios Auxiliares de Comercio Exterior de Madrid).
  .	Don Luis Cascales Herranz (Unipyme Madrid).
  .	Luis Díaz Guerra (Asesor).
  Por la parte social:
  .	Don Valentín González Prieto (UGT).
  .	Don José Ramón Rico Serna (UGT).
  .	Doña Nuria Manzano Albarsanz (UGT).
  .	Doña Asunción Tarrazó Llorens (CC. OO).
  En base a tales facultades conferidas, y de conformidad con lo señalado en el artículo 15 del vigente Convenio Colectivo y teniendo en cuenta que el IPC del año 2016 ha sido del 1,60 por 100, procede llevar a cabo la revisión de las tablas salariales del año 2016, con efectos retroactivos al primero de enero de dicho año, tablas que se recogen como Anexo a esta acta.
  Por otro lado, el citado precepto convencional previene que la subida salarial para el año 2017 es del 1,7 por 100, por lo que, aplicando dicho porcentaje sobre las tablas salariales revisadas del año 2016, resulta la tabla salarial que también se adjunta a esta acta.
  Seguidamente, se procede a la firma del acta de las tablas salariales aludidas que se anexan a la misma y se acuerda remitir esta acta y su Anexo a la Autoridad Laboral, a efectos de su registro y ulterior publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  La Comisión Paritaria acuerda otorgar a doña Nuria Manzano Albarsanz la representación necesaria para remitir por vía electrónica a la Autoridad Laboral de la Comunidad de Madrid, tanto esta acta y su Anexo como los datos que en la plantilla de remisión electrónica se solicitan para su admisión, para lo que se le facilita la información necesaria para ello.
  Y, sin nada más que tratar, leída el acta, se levanta la reunión en el lugar y fecha anteriormente indicados.
  
     
     
 
   (03/13.246/17)</texto>
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