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    <fecha_publicacion>2017/03/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 66. Procedimiento 1.073 de 2015, notificación a Hugo Alberto Cabrera Brítez</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 66 
 
 80 
 Madrid número 66. Procedimiento 1.073 de 2015, notificación a Hugo Alberto Cabrera Brítez 
  EDICTO
  En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Familia. Guarda, Custodia o Alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados 1073/2015, a instancia de D./Dña. NOELIA BEATRIZ GAONA contra D./Dña. HUGO ALBERTO CABRERA BRITEZ, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:
  SENTENCIA Nº 67/2017
  FALLO
  Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el procurador don Gerardo Muñoz Luengo en nombre y representación de DOÑA NOELIA BEATRIZ GAONA contra DON HUGO ALBERTO CABRERA BRITEZ
  DEBO ACORDAR Y ACUERDO la adopción de las siguientes medidas:
  1. Se atribuye el ejercicio exclusivo de la patria potestad y la guarda y custodia del menor a la madre doña Noelia Beatriz Gaona.
  2. No se establecen visitas padre e hijo pudiendo la madre si lo considera oportuno gestionar los contactos padre e hijo.
  3. No se fija pensión de alimentos a abonar por el padre al hijo.
  Sin pronunciamiento en relación a las costas procesales.
  Así por esta mi Sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.
  Contra la presente sentencia cabe interponer recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial, pudiendo interponerse la apelación en el plazo de veinte días a contar desde su notificación en los términos prevenidos en los artículos 455 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Para recurrir es de aplicación la Disposición Adicional quinta de la Ley Orgánica 1/2.009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1.985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
  Y para que sirva de notificación a D./Dña. HUGO ALBERTO CABRERA BRITEZ expido y firmo la presente en Madrid, a uno de marzo de dos mil diecisiete.
  EL LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
  (03/8.367/17)</texto>
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