<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20170328-42</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>MONTEJO DE LA SIERRA</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2017/03/28</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Montejo de la Sierra. Régimen económico. Calendario fiscal 2017</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>3</pagina_inicial>
    <pagina_final>3</pagina_final>
    <diario_numero>74</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2017-03-28-74210320170047</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2017/03/28/BOCM-20170328-42.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2017/03/28/BOCM-20170328-42.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2017/03/28/BOCM-20170328-42.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2017/03/28/BOCM-20170328-42.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MONTEJO DE LA SIERRA</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MONTEJO DE LA SIERRA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 42 
 Montejo de la Sierra. Régimen económico. Calendario fiscal 2017 
  Por resolución de Alcaldía de 1 de marzo de 2017 se acuerda la aprobación del calendario de cobro de tributos municipales de carácter periódico y notificación colectiva del ejercicio 2016, en las siguientes fechas:
  .	Del 1 de mayo al 30 de junio: impuesto sobre vehículos de tracción mecánica y tasa por vados.
  .	Del 1 de septiembre al 30 de noviembre: impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana y rústica, impuesto de actividades económicas y tasa recogida de basuras.
  El ingreso de las cuotas en período voluntario se realizará a través de la entidad bancaria colaboradora (“Banco Popular”) en las fechas anteriormente señaladas.
  Los recibos domiciliados se pasarán al cobro en la última semana del período de pago voluntario.
  Los padrones correspondientes estarán expuestos en el Ayuntamiento durante los quince días anteriores a la fecha de inicio del período voluntario. Contra las liquidaciones contenidas en los mismos podrá formularse recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del plazo de exposición pública del padrón (artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales).
  Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario, se iniciará el período ejecutivo y las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio, devengándose intereses de demora y los recargos del período ejecutivo en los términos de los artículos 26 y 28 de la Ley General Tributaria.
  Lo que se hace público en cumplimiento de la legislación vigente y para general conocimiento.
  Montejo de la Sierra, a 1 de marzo de 2017..El alcalde, Ismael Martín Hernán.
  (02/8.538/17)</texto>
</documento>