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    <fecha_publicacion>2017/03/27</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Morata de Tajuña. Régimen económico. Padrones impuestos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>73</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MORATA DE TAJUÑA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MORATA DE TAJUÑA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
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 Morata de Tajuña. Régimen económico. Padrones impuestos 
  Detectados errores en el anuncio publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 45, de 22 de febrero de 2017, sobre aprobación y plazos de pago de los padrones fiscales del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica y de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local, D) Entrada/salida o paso de vehículos, carruajes, etcétera, a través de las aceras, en la segunda parte de la resolución, se rectifica, siendo el texto correcto el siguiente:
  Segundo..Establecer como plazo de ingreso en período voluntario de estos tributos el comprendido entre los días 1 de marzo hasta el 22 de mayo de 2017. Pudiendo efectuarse el pago en cualquier oficina de las entidades colaboradoras: “Bankia”, “Caja Rural Castilla-La Mancha”, “Banco Santander”, “La Caixa”, “Banco Popular Español” y BBVA, presentando el documento de cobro que ha sido remitido al domicilio de los contribuyentes. En el caso de no haber recibido dicho documento, podrá solicitarse un duplicado en el Servicio de Gestión Tributaria y Recaudación Municipal. 
  Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio devengado, los recargos, intereses de demora y costas correspondiente.
  En Morata de Tajuña, a 23 de febrero de 2017..El alcalde-presidente, Ángel M. Sánchez Sacristán.
  (02/7.870/17)</texto>
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