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    <titulo>Madrid número 64. Procedimiento 1.190 de 2015, notificación a Joaquín Chaves Sola</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 64</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 64 
 
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 Madrid número 64. Procedimiento 1.190 de 2015, notificación a Joaquín Chaves Sola 
  EDICTO
  Doña Silvia Carasa Roche, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 64 de Madrid.
  Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento sobre juicio verbal (250.2) número 1.190 de 2015, instados por el procurador don Jorge Laguna Alonso, en nombre y representación de doña María Isabel Gámez García, contra don Joaquín Chaves Sola, en reclamación de 4.877,96 euros, en los que se ha dictado en fecha 30 de noviembre de 2016 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
  Fallo
  Estimo la demanda formulada por el procurador don Jorge Laguna Alonso, en nombre y representación de doña Isabel Gámez García, contra don Joaquín Chaves Sola, en situación procesal de rebeldía, y en su consecuencia: 
  1.  Se reconoce que don Joaquín Chaves Sola tiene un derecho de crédito a favor de doña Isabel Gámez por importe de 4.877,96 euros.
  2.  Se condena al demandado a pagar a la actora la mencionada suma de 4.877,96 euros incrementada en los intereses conforme se deja anteriormente indicado.
  3.  Se condena al propio demandado a las costas de este juicio.
  La presente resolución se notifica vía Lexnet a la parte actora, al amparo del artículo 162 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, con las prevenciones y efectos reguladas en el mismo.
  Llévese la presente resolución al libro de sentencias del Juzgado quedando testimoniada en las presentes actuaciones y tómese oportuna nota en los libros de este Juzgado.
  Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2661-0000-03-1190-15 de este órgano.
  Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “Beneficiario” Juzgado de primera Instancia número 64 de Madrid, y en el campo “Observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos 2661-0000-03-1190-15.
  Asimismo, deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se Regulan Determinadas Tasas en el Ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
  Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo..El magistrado-juez (firmado).
  El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.
  En Madrid, a 3 de febrero de 2017..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (02/5.363/17)</texto>
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