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    <identificador>BOCM-20170323-190</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 22</departamento>
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    <fecha_publicacion>2017/03/23</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 22. Ejecución 126 de 2016, notificación a ATC Roc, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>70</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 22 
 
 190 
 Madrid número 22. Ejecución 126 de 2016, notificación a ATC Roc, S. L. 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  D./Dña. LORENA QUIROGA MORALES LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 22 de Madrid, HAGO SABER:
  Que en la ejecución 126/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ANTONIO SAN ROMAN MORATALLA, D./Dña. FRANCISCO PINEDA CARBALLO y D./Dña. JOSE ANTONIO GUERRERO DELGADO frente a ATC ROC, S.L. y FONDO DE GARANTIA SALARIAL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  
  Despachar orden general de ejecución de acta de conciliación judicial a favor de la parte ejecutante D./Dña. ANTONIO SAN ROMAN MORATALLA, D./Dña. FRANCISCO PINEDA CARBALLO y D./Dña. JOSE ANTONIO GUERRERO DELGADO, frente a la demandada ATC ROC S.L., parte ejecutada, por un principal de 5.519,37 Euros, correspondiendo a:
  
  D. FRANCISCO PINEDA CARBALLO………………2.170,77 €.
  D. JOSE ANTONIO GUERRERO DELGADO……….2.029,68 €.
  D. ANTONIO SAN ROMAN MORATALLA…………1.318,92 €.
  
  más 276 Euros y 552 Euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  
  MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER 2387-0000-64-0499-16.
  
  Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, la Ilma. Sra. Magistrada - Juez
  
  Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ATC ROC, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
  
  Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  
  En Madrid, a uno de marzo de dos mil diecisiete.
  
   EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
  (03/7.565/17)</texto>
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