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    <identificador>BOCM-20170321-171</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41</departamento>
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    <fecha_publicacion>2017/03/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 41. Procedimiento 1.039 de 2016, notificación a Xclushirt, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>68</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41 
 
 171 
 Madrid número 41. Procedimiento 1.039 de 2016, notificación a Xclushirt, S. L. 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  D./Dña. MARÍA JOSE GONZÁLEZ HUERGO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 41 de Madrid, HAGO SABER:
  Que en el procedimiento 1039/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. TOMAS ROCA PEREZ frente a FOGASA y XCLUSHIRT S.L. sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:
  
  F A L L O
  
  Que estimando en parte como estimo la demanda formulada por Don Tomás Roca Pérez contra la empresa Xclushirt, S.L, debo condenar y condeno a ésta a abonar a aquél la cantidad de 2.443,21 euros, con el recargo del artículo 29.3 LET.
  
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  
  Se advierte a la partes que esta Sentencia es firme y contra ella no cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia.
  
  Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a XCLUSHIRT S.L. , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
  
  Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  
  En Madrid, a veintidós de febrero de dos mil diecisiete.
  
   EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
  (03/6.943/17)</texto>
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