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    <identificador>BOCM-20170317-131</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2017/03/17</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 12. Ejecución 210 de 2014, notificación a Luis Miguel Martín Castillo</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>65</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12 
 
 131 
 Madrid número 12. Ejecución 210 de 2014, notificación a Luis Miguel Martín Castillo 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
   D./Dña. MONTSERRAT TORRENTE MUÑOZ  LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 12 de Madrid, HAGO SABER:
  Que en el procedimiento 210/2014 - 01 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. DOMINGO ORGANERO VELEZ frente a D./Dña. LUIS MIGUEL MARTIN CASTILLO sobre Cuenta de abogado se ha dictado la siguiente resolución:
  
  PARTE  DISPOSITIVA
  
   Acuerdo estimar parcialmente la oposición por indebida de la minuta del Letrado D. Domingo Organero Vélez realizada por D. Luis Miguel Martín Castillo, y fijando la cantidad debida en 1186 €, se requiere a D. Luis Miguel Martín Castillo para que pague esta cantidad en el plazo de cinco días, bajo apercibimiento de apremio.
   Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma, que es firme, no cabe recurso alguno.
  Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez
  
  Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA  a D./Dña. LUIS MIGUEL MARTIN CASTILLO , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
  
  Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  
  En Madrid , a ocho de febrero de dos mil diecisiete.
  
     EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
  (03/6.992/17)</texto>
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