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    <titulo>– Villanueva del Pardillo. Régimen económico. Padrones impuestos</titulo>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DEL PARDILLO 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 55 
 Villanueva del Pardillo. Régimen económico. Padrones impuestos 
  Aprobados por la Junta de Gobierno Local con fecha 2 de febrero de 2017 los padrones de los tributos locales de tasa de recogida de residuos sólidos urbanos domiciliarios, tasa de recogida de residuos sólidos establecimientos comerciales-industriales-profesionales, tasa de entrada de vehículos a través de aceras y tasa de instalación de cajeros automáticos en fachadas, referidos todos ellos al ejercicio de 2017, a efectos tanto de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisión de los mismos a trámite de información pública, por medio del presente anuncio se exponen al público en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón municipal de edictos, por el plazo de quince días hábiles, a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones, por convenientes, tengan.
  Contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o las liquidaciones contenidas en los mismos podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a de finalización del término de exposición pública, de acuerdo con cuanto establece el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
  De acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se pone en conocimiento de todos los contribuyentes que el cobro de los recibos se realizará conforme a los siguientes:
  Plazos de ingreso: del 15 de marzo al 31 de mayo de 2017.
  Modalidad de cobro: los recibos podrán abonarse en cualquiera de las entidades colaboradoras que figuran en los propios recibos. Las entidades son las siguientes: “La Caixa”, “Banco Santander Central Hispano”, “Bankia”, “IberCaja” y BBVA.
  Para aquellos contribuyentes que hayan optado por la forma de pago mediante domiciliación bancaria, beneficiándose de un 3 por 100 del importe del recibo, se les advierte de que su cargo en cuenta se efectuará el primer día del período voluntario antes citado.
  Lugares, días y horas de ingreso: los pagos a través de las entidades financieras colaboradoras se realizarán en las oficinas bancarias de dichas entidades, en los días y horarios de apertura al público que a efectos de cobro (servicio de caja) cada entidad tenga establecidos.
  Advertencia: transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario sin hacerse efectivo el pago, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
  En Villanueva del Pardillo, a 3 de febrero de 2017..El alcalde-presidente, Luis Alberto Sosa Gayé.
  (02/4.094/17)</texto>
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