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    <fecha_publicacion>2017/03/02</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Pozuelo de Alarcón. Organización y funcionamiento. Ordenanza tarjeta estacionamiento</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
 52 
 Pozuelo de Alarcón. Organización y funcionamiento. Ordenanza tarjeta estacionamiento 
  En ejecución del acuerdo plenario correspondiente, a tenor de lo establecido en los artículos 122.5.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y 43.2.d) del Reglamento Orgánico del Pleno, y de conformidad con el artículo 49 de la disposición primeramente citada, se hace público para general conocimiento, que el Pleno, en sesión de 16 de febrero de 2017, ha aprobado inicialmente la ordenanza por la que se regulan las condiciones para la concesión y uso de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad y movilidad o agudeza visual reducida, sometiéndolo a información pública por plazo de treinta días a contar desde el siguiente a la publicación del presente anuncio, plazo durante el que se podrá examinar el expediente en la Secretaría General del Pleno y formular reclamaciones o sugerencias. 
  En Pozuelo de Alarcón, a 17 de febrero de 2017..El secretario general del Pleno accidental (resolución de 29 de diciembre de 2016, de la Dirección General de Administración Local), Eugenio Martínez Serrano.
  (03/6.140/17)</texto>
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