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    <fecha_publicacion>2017/02/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 7. Procedimiento 329 de 2015, notificación a Chaylanges, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>44</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 7</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 7 
 
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 Madrid número 7. Procedimiento 329 de 2015, notificación a Chaylanges, S. L. 
  EDICTO
  En este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2), entre “Talleres Mecánicos Aymair, Sociedad Limitada”, representada por la procuradora doña Esperanza Álvaro Mateo, frente a “Chaylanges, Sociedad Limitada”, en reclamación de cantidad, en cuyos autos se ha dictado sentencia de fecha 25 de octubre de 2016, cuyo fallo es el siguiente:
  Fallo
  Que, estimando la demanda de juicio verbal interpuesta por la procuradora doña María Esperanza Álvaro Mateo, en nombre y representación de la mercantil “Talleres Mecánicos Aymair, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la demandada “Chaylanges, Sociedad Limitada”, a que abone a la parte actora la cantidad de 3.127,61 euros. Se imponen las costas procesales causadas a la expresada demandada.
  Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2435-0000-03-0329-15 de este Órgano.
  Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo beneficiario Juzgado de primera instancia número 7 de Madrid, y en el campo observaciones o concepto se consignarán los siguientes dígitos 2435-0000-03-0329-15.
  Asimismo deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
  Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo..El magistrado-juez.
  Y para que sirva de notificación a “Chaylanges, Sociedad Limitada”, expido y firmo la presente en Madrid, a 5 de enero de 2017..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
  (02/4.576/17)</texto>
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