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    <identificador>BOCM-20170221-121</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24</departamento>
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    <fecha_publicacion>2017/02/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 24. Ejecución 18 de 2017, notificación a Falcon Contratas y Servicios Auxiliares, S. A.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>44</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24 
 
 121 
 Madrid número 24. Ejecución 18 de 2017, notificación a Falcon Contratas y Servicios Auxiliares, S. A. 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
   D./Dña. MARTA MENARGUEZ SALOMON  LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 24 de Madrid, HAGO SABER:
  Que en el procedimiento 18/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JORGE RODAS SANCHEZ frente a FOGASA y FALCON CONTRATAS Y SERVICIOS AUXILIARES SA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
  
  PARTE DISPOSITIVA
  
  Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, D./Dña. JORGE RODAS SANCHEZ , frente a la demandada FALCON CONTRATAS Y SERVICIOS AUXILIARES SA, parte ejecutada, por un principal de trescientos setenta y un euros con veinticinco céntimos, más  catorce euros con ochenta y cinco céntimos y treinta y siete euros con doce céntimos de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  
  Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA  a FALCON CONTRATAS Y SERVICIOS AUXILIARES SA , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
  
  Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  En Madrid , a veintiséis de enero de dos mil diecisiete .
  
     EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
  (03/3.300/17)</texto>
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