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    <titulo>Madrid número 7. Procedimiento 1.724 de 2012, notificación a Fernando Gálvez Hernández</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 7</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 7 
 
 83 
 Madrid número 7. Procedimiento 1.724 de 2012, notificación a Fernando Gálvez Hernández 
  EDICTO
  Don Fernando Navalón Romero, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 7 de Madrid.
  Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1.724 de 2012 instados por procuradora doña Ana María del Olmo Gómez, en nombre y representación de doña Margarita Gálvez Hernández y otra, contra don Fernando Gálvez Hernández en reclamación de división de cosa común, en los que se ha dictado en fecha 14 de noviembre de 2014, sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
  Que, estimando la demanda de juicio ordinario interpuesto por la procuradora doña Ana del Olmo Gómez, en nombre y representación de doña Manuela Gálvez Hernández y doña Margarita Gálvez Hernández, contra don Fernando Gálvez Hernández, debo declarar y declaro el derecho de los accionantes de cesar en la indivisión que mantienen sobre el piso tercero derecha o letra A, sito en el término de Vallecas, Madrid, calle Milmarcos, número 5, tercero A, y piso tercero centro-derecha o letra B, sito en el término de Vallecas, Madrid, calle Milmarcos, número 5, tercero B, con el demandado condenando a éste a estar y pasar por tal declaración. Debo decretar y decreto que por ser los inmuebles esencialmente indivisibles, se proceda a la venta de los mismos en pública subasta con admisión esencialmente indivisibles, se proceda a la venta de los mismos en pública subasta con admisión de terceros licitadores, repartiéndose el precio que se obtenga entre los copropietarios en proporción a sus cuotas de participación, previa deducción de los correspondientes gastos y cargas.
  No procede hacer espacial imposición de las costas procesales causadas.
  Notifíquese esta resolución a las partes en legal forma.
  En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Fernando Gálvez Hernández, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.
  En Madrid, a 1 de febrero de 2016..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
  (02/3.010/17)</texto>
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