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    <rango>ANUNCIO</rango>
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    <titulo>Extracto convocatoria subvenciones
– Anuncio del extracto de la Orden 5087/2016, de 23 de diciembre, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se convocan ayudas a empresas productoras cinematográficas para la promoción de largometrajes en 2017</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  C) Otras Disposiciones 
  CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO 
 
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 ANUNCIO del extracto de la Orden 5087/2016, de 23 de diciembre, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la se convocan ayudas a empresas productoras cinematográficas para la promoción de largometrajes en 2017. 
  BDNS: 330075
  De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
  Primero
  Beneficiarios
  Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en la presente Orden las personas físicas o jurídicas, titulares de empresas de producción independiente, que cumplan los siguientes requisitos:
  a)	Tener su residencia fiscal en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.
  b)	Tener un mínimo de dos años en actividad audiovisual o cinematográfica, o sus componentes una trayectoria profesional suficientemente acreditada en los tres años anteriores a la fecha de la solicitud.
  c)	La empresa solicitante cuya actividad en el largometraje sea exclusivamente financiera no podrá ser destinataria de estas ayudas. De igual forma, tampoco lo podrán ser las entidades sin ánimo de lucro ni las agrupaciones de personas físicas o jurídicas que carezcan de personalidad jurídica propia.
  d)	En el caso de que el solicitante realice un proyecto de largometraje en una coproducción internacional, esta deberá haber sido admitida por el ICAA.
  Segundo
  Objeto
  Se convocan seis ayudas para la producción de largometrajes destinadas a su promoción durante 2017; estos podrán ser de ficción, animación o documentales y deberán haber sido concebidos para su explotación comercial en salas cinematográficas.
  Tercero
  Bases reguladoras
  Las bases reguladoras de las ayudas a empresas productoras cinematográficas para la promoción de largometrajes se han establecido mediante la Orden 2573/2016, de 7 de julio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 177, de 26 de julio): http://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/07/26/BOCM-20160726-8.PDF
  Cuarto
  Cuantía
  El importe total de la convocatoria es de 240.000 euros; cada una de las ayudas tendrá un importe máximo de 40.000 euros, que se financiará con cargo al subconcepto 47399 del programa 334A de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2017.
  Quinto
  Plazo de presentación de solicitudes
  Quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Solo se podrá presentar una solicitud por interesado y para un solo proyecto.
  Sexto
  Período desarrollo del proyecto
  Las obras deberán estar ya finalizadas o en avanzado proceso de producción en el momento de la solicitud. Se considerará período subvencionable desde el 1 de diciembre de 2016 hasta el 30 de noviembre de 2017.
  Séptimo
  Plazo de justificación y documentación
  Hasta el 1 de diciembre de 2017.
  Justificación del estreno en salas comerciales de la Comunidad de Madrid y, al menos, 15 proyecciones de la misma. Memoria explicativa. Cuenta justificativa con los gastos y facturas.
  Madrid, a 23 de diciembre de 2016.
  		El Consejero de Presidencia, Justicia 		y Portavocía del Gobierno, 		ÁNGEL GARRIDO GARCÍA
  (03/2.843/17)</texto>
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