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    <identificador>BOCM-20170127-93</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26</departamento>
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    <fecha_publicacion>2017/01/27</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 26. Procedimiento 1.095 de 2015, notificación a Sextaesencia E-Comerce, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>23</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26 
 
 93 
 Madrid número 26. Procedimiento 1.095 de 2015, notificación a Sextaesencia E-Comerce, S. L. 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
   Dña. MARÍA GARCÍA FERREIRA  LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 26 de Madrid, HAGO SABER:
  
  Que en el procedimiento 1095/2015 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. SONIA LANILLOS FUENTE frente a SEXTAESENCIA E-COMERCE SL sobre Asunto Social se ha dictado decreto en fecha 04/05/16.
  
  Contra dicha resolución puede interponerse ante este Juzgado recurso directo de revisión en el plazo de TRES DÍAS a contar desde el siguiente día a la fecha de la publicación del presente edicto, con los requisitos y advertencias legales que constan en el decreto que se le notifica, del cual puede tener conocimiento integro en la oficina judicial de este Juzgado sito en C/ Princesa nº 3 planta 8.
  
  Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA  a SEXTAESENCIA E-COMERCE SL , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.
  
  Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  
  En Madrid , a veintiuno de diciembre de dos mil dieciséis .
  
     LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
  
  (03/485/17)</texto>
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