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    <identificador>BOCM-20170118-50</identificador>
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    <fecha_publicacion>2017/01/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 18. Procedimiento 1.016 de 2015, notificación a Asebanc Inversiones, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 18</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 18 
 
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 Madrid número 18. Procedimiento 1.016 de 2015, notificación a Asebanc Inversiones, S. L. 
  EDICTO
  En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario entre “Autotransporte Turístico Español, Sociedad Anónima” y “Asebanc Inversiones, Sociedad Limitada”, en reclamación de 23.374,11 euros, en cuyos autos se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
  Fallo
  Que con estimación de la demanda interpuesta por la procuradora de los Tribunales doña María Teresa Puente Méndez, en nombre y representación de “Autotransporte Turístico Español, Sociedad Anónima”, contra “Asebanc Inversiones, Sociedad Limitada”, en situación de rebeldía procesal, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la parte actora la suma de 23.374,11 euros, más los intereses desde la interpelación judicial y costas procesales.
  Contra la presente resolución se puede interponer, previo depósito de 50 euros, recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de veinte días, contados a partir del día siguiente al de su notificación, para su sustanciación en la Audiencia Provincial de Madrid.
  Por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que sirva de notificación a “Asebanc Inversiones, Sociedad Limitada”, expido y firmo la presente.
  En Madrid, a 7 de octubre de 2016..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
  (02/45/17)</texto>
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