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    <identificador>BOCM-20170109-153</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37</departamento>
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    <fecha_publicacion>2017/01/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 37. Ejecución 186 de 2016, notificación a Rectificados Castilla-La Mancha, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>7</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37 
 
 153 
 Madrid número 37. Ejecución 186 de 2016, notificación a Rectificados Castilla-La Mancha, S. L. 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  D./Dña. LORENA QUIROGA MORALES  LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 37 de Madrid, HAGO SABER:
  Que en el procedimiento 186/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARCIAL OLIVARES LOPEZ frente a RECTIFICADOS CASTILLA LA MANCHA SL y FOGASA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado las siguientes resoluciónes, auto de fecha 7/10/2016 y decreto de fecha 4/11/2016 :
  
  PARTE DISPOSITIVA
  
  Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, D./Dña. MARCIAL OLIVARES LOPEZ, frente a la demandada RECTIFICADOS CASTILLA SL, parte ejecutada, por un principal de 2453 euros más   490,50 euros  de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  
  MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado  dentro de los TRES días hábiles siguientes al  de su notificación,  en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador  beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER 2810-0000-64-0186-16.
  
  Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez
  
  D./Dña. MARÍA JOSÉ GARCÍA CASTAÑO.
  
  EL MAGISTRADO-JUEZ
  
  DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. .Doy fe.
  
  PARTE DISPOSITIVA
  
  Se decreta el archivo definitivo de la presente ejecutoria sin más trámite, previa baja en el libro correspondiente.
  
  Ofíciese a CAIXABANK, ABANCA CORPORACION BANCARIA, INGENIER INSTALAC DISEÑO Y DESARROLLO SL, FUSION Y GASTRONOMIA SL  comunicando el alzamiento del embargo, quedando sin efecto la retención ordenada. Asimismo, realícese el alzamiento de los embargos telemático a través de la Cuenta de Consignaciones Judiciales.
  
  Notifíquese esta resolución.
  
  MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de  25 Euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANCO DE SANTANDER IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2810-0000-64-0186-16.
  
  Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
  
  El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
  
  D./Dña. LORENA QUIROGA MORALES
  
  DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. .Doy fe.
  
  Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA  a RECTIFICADOS CASTILLA LA MANCHA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
  
  Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  
  En Madrid, a nueve de diciembre de dos mil dieciséis.
  
  EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
  (03/43.857/16)</texto>
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