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    <titulo>Móstoles número 1. Procedimiento 563 de 2016, notificación a don Laurence Mauffrey y otros</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1 
 
 200 
 Móstoles número 1. Procedimiento 563 de 2016, notificación a don Laurence Mauffrey y otros 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María Victoria Esteban Delgado, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 563 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Soledad Fermoselle Bernardo, frente a don Herve Gerard Barnandin, don Laurence Mauffrey e “Ingeniería y Técnicas Alimentarias, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la sentencia númro 498 de 2016, de fecha 25 de noviembre de 2016, por su señoría doña Ana Gómez Hernangómez, siguiente:
  Fallo
  Estimo parcialmente la demanda formulada por doña María Soledad Fermoselle Bernardo, contra la empresa “Ingeniería y Técnicas Alimentarias, Sociedad Limitada”, y condeno a la demandada a que abone a la actora la cantidad de 1.730,57 euros brutos. Además, debe satisfacerse un incremento del 10 por 100 de interés anual por mora (artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores) en relación a las partidas salariales, que alcanzan 1.730,57 euros, que se genera desde la fecha de su respectivo devengo hasta la presente sentencia (artículo 1.100 del Código Civil).
  Todo lo expuesto, sin perjuicio de las responsabilidades legalmente atribuidas al Fondo de Garantía Salarial.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, con advertencia de que es firme y contra la misma no cabe recurso alguno.
  Expídase testimonio de esta sentencia que se unirá a las actuaciones y llévese el original al libro de sentencias.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a don Laurence Mauffrey, don Herve Gerard Barnandin e “Ingeniería y Técnicas Alimentarias, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Móstoles, a 28 de noviembre de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/43.275/16)</texto>
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